El gobierno de Jujuy promovió un nuevo régimen de fomento de la ganderia bovina, a través de beneficios y exenciones impositivas para promocionar la antividad pecuaria en su distrito.
Ese programa fue lanzado a instancias de la Ley 6.008, que propone estímulos para la producción, faena, comercialización, y procesamiento de productos y derivados del ganado vacuno.
Según lo dispuesto por Jujuy, aquellos ganaderos que hayan realizado nuevas inversiones y que sean utilizadas en beneficio de la actividad pecuaria en forma directa podrán solicitar la exención en el Impuesto Inmobiliario hasta la suma invertida.
Si bien la solicitud que realicen, en este sentido, los productores deberá ser aprobada previamente por la Comisión Ejecutora Provincial, si el beneficio no deberá superar los $ 10 mil anuales por finca afectada.
Según fuentes consultadas por DyN, también podrán solicitar la exención del Impuesto a los Ingresos Brutos, la cual se otorgará por diez periodos anuales a partir de la presentación de la solicitud y documentación requerida por el estado provincial.
Tanto las condiciones para obtener esas exenciones, como las sanciones correspondientes por infracciones a la ley, se establecerán por decreto reglamentario dentro de los 30 días de publicada la norma.
De acuerdo a lo que establece este régimen, una vez concedido la exención impositiva, las explotaciones pecuarias beneficiadas estarán sujetas a auditorías, control y fiscalización por parte de las autoridades técnicas de la provincia.