La Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria recomendó al Poder Ejecutivo provincial que declare en estado de emergencia y/o desastre agropecuario a zonas de 23 cuencas hidrogeológicas de Córdoba, que sufrieron el impacto de las fuertes lluvias ocurridas a fines de 2016 y principios del corriente año.
Cabe recordar que, según un informe de la regional Córdoba del Inta, hay casi 500 mil hectáreas con problemas hídricos en todo Córdoba; una cifra que coincide con una evaluación realizada por la Confederación de Asociaciones Rurales de la Tercera Zona (Cartez).
El 50%, afectado
Del mapa informado por el gobierno provincial se desprende que toda la mitad nordeste, este y sur-sudeste de Córdoba se declarará en emergencia. Luego, los propietarios de campos ubicados en esas zonas deberán demostrar un perjuicio superior al 50 por ciento para acceder a los beneficios de la emergencia (prórroga del pago del Impuesto Inmobiliario Rural), y de más del 70 por ciento para ser considerados en zona de desastre (directamente no abonan el tributo).
Cabe recordar que la Comisión de Emergencia no define las zonas en emergencia sino que le sugiere al Gobierno cuáles son las que deberían ser consideradas en esa situación. Normalmente, el Ejecutivo no modifica los criterios de este organismo liderado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, pero que integra también a legisladores departamentales, entidades rurales, representantes de organismos como el Inta y del ministerio de Agroindustria de la Nación, el Colegio de Ingenieros Agrónomos y la Bolsa de Cereales de Cordoba.
Las cuencas
Las cuencas hidrológicas incluidas dentro de la propuesta elevada por la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria al Poder Ejecutivo por anegamientos de suelos son:
1) El Gato y Arroyo Santa Catalina, Río Cuarto, Río Tercero, Chazón, Arroyo El Chato, Tortugas, y Río Segundo (Xanaes). En estos sistemas hídricos, se incluirán los establecimientos agropecuarios que se ubiquen por debajo de la cota de 300 metros sobre el nivel del mar.
2) Santa Ana, La Piacasa, Laguna Jume, Saladillo, Río Quinto, Morteros, Carcarañá, San Francisco y Laguna del Siete, y Área sin Drenaje Superficial (General Roca), son cuencas que están incluidas en la totalidad de sus superficies.
3) Las cuencas Río Carnero y Salsipuedes, Jesús María y Río Pinto, Totoral y Arroyo Macha, Río Bustos y Arroyo del Pescadero, Río de los Tártagos y Río Seco, y Río Dulce. En estos sistemas, se incluyen los establecimientos ubicados por debajo de la cota de 150 metros sobre el nivel del mar.
4) También se decidió incluir las zonas que comprenden las áreas bañadas por el río La Paraguaya, nuevo cauce que pasa en cercanías de la localidad de Chaján.
Vigencia y plazos
El período de vigencia para la emergencia agropecuaria (que es el plazo por el cual se prorrogan o eximen los impuestos) se sugirió según el siguiente esquema: para las actividades agrícolas, desde el 1° de enero al 30 de junio; para establecimientos ganaderos, de tambo, apícolas y frutihortícolas, durante todo el año.
Las declaraciones juradas en las que se certifiquen los daños de las inundaciones, se podrán presentaron a partir del 1° de marzo.