Se reunió la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, con la presencia de funcionarios y técnicos del Ministerio de Agricultura y Ganadería, legisladores departamentales, integrantes de entidades del sector, representantes de organismos como el INTA, el Colegio de Ingenieros Agrónomos y la Bolsa de Cereales de Córdoba.
El encuentro fue encabezado por el secretario de Agricultura, Marcos Blanda, y el cierre del encuentro estuvo a cargo del ministro Sergio Busso. El objetivo fue delimitar las zonas de la provincia de Córdoba que se encuentran afectadas por la sequía, para elevar posteriormente al Poder Ejecutivo la propuesta de las superficies a incluir en un decreto de Emergencia Agropecuaria.
En el acta elevada se propuso incluir en el decreto a 19 pedanías de 11 departamentos, en función de los informes presentados por las agencias zonales, datos de las entidades y por el Índice Verde del INTA, una herramienta tecnológica que permite un mayor grado de precisión.
Una vez que el Ejecutivo firme el decreto que determine el estado de Emergencia o Desastre en las zonas propuestas y que este se publique, todos los productores afectados que se encuentren dentro de las regiones detalladas deberán presentar su declaración jurada de daños.
Es importante destacar que en los próximos días se reunirá una Mesa Técnica para continuar monitoreando la situación y determinar si es necesario agregar nuevas áreas.
Las zonas
Departamento Colón: pedanías Cañas y Constitución.
Departamento Cruz del Eje: pedanía Pichanas.
Departamento General San Martín: pedanías Villa María, Villa Nueva y Yucat.
Departamento Juárez Celman: pedanía Chucul.
Departamento Río Cuarto: pedanía Cautiva.
Departamento Río Primero: pedanías Quebracho, Suburbios y Yegua Muerta.
Departamento Río Seco: pedanías Candelaria Norte y Candelaria Sur.
Departamento Río Segundo: pedanía Calchín.
Departamento Sobremonte: pedanías Aguada del Monte, Caminiaga y San Francisco.
Departamento San Justo: Pedanía Libertad.
Departamento Tercero Arriba: pedanía Punta del Agua.
Vigencia
El período de vigencia para la emergencia agropecuaria se sugirió según el siguiente esquema. Para las actividades agrícolas desde el 01/04/2018 al 30/09/2018. Y para los establecimientos ganaderos, de tambo, apícolas y fruti-hortícolas, del 01/04/2018 al próximo 31/12/2018.
Beneficios
El principal beneficio que otorga la ley de emergencia agropecuaria provincial es la postergación del pago del impuesto inmobiliario rural (en caso de tener más del 50 por ciento de afectación), o directamente la exención si se supera el 70 por ciento.