Bajo el argumento de que “los avances tecnológicos y productivos existentes generan una necesidad de actualización permanente de determinados parámetros para el transporte automotor de cargas”, el Gobierno nacional dio finalmente su aval para un viejo pedido de los sectores productivos alejados de las zonas portuarias: la circulación de “bitrenes”.
Se trata de camiones capaces de tirar dos acoplados a la vez, lo que implica una reducción de los costos logísticos de transportar cargas, una de las espadas de Damocles de la competitividad argentina.
El dato se reveló este jueves, a través del “megadecreto” 27/2018, de desburocratización y simplificación publicado en el Boletín Oficial, firmado por el presidente Mauricio Macri y por todo su gabinete de ministros.
Hasta ahora, sólo San Luis permitía la circulación de estos vehículos por algunas de sus rutas, mientras que en Misiones se estaban realizando pruebas para la industria maderera y Santa Fe ya había anticipado su idea de autorizarlos. En Córdoba, el ex ministro de Industria, Jorge Lawson, los impulsó en 2013 pero luego la iniciativa perdió empuje.
Cambios
En concreto, el decreto de la Casa Rosada introduce cambios en la Ley N° 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial; entre ellos, incorpora a las “unidades tractoras con dos semirremolquies biarticulados (Bitrén)”, como vehículos que pueden circular por las rutas.
Según el texto normativo, estos automotores pueden tener una extensión máxima de 30,25 metros, cuando hasta ahora el mayor porte autorizado por la ley sancionada en 1994 era para “unidad tractora con semirremolque articulado y acoplado”, de hasta 20,50 metros.
Naturalmente, esto implica también una modificación en el máximo de peso que un vehículo puede transmitir a la calzada: hasta ahora, una “formación normal de vehículos” podía llegar a pesar 45 toneladas; desde hoy, el máximo se amplía a 75 toneladas.
Esto es, porque se incorporan las 30 toneladas adicionales del segundo acoplado que puede engancharse en un bitren. Es decir, por ejemplo, que un productor de granos podrá transportar 60 toneladas al puerto en un solo viaje.
Lógicamente, estos vehículos no podrán circular por cualquier ruta del país: se espera que, más adelante, el Ministerio de Transporte resuelva por qué corredores podrán transitar.
Fundamentos
En los considerandos del decreto, el Gobierno justifica esta decisión en que “los avances tecnológicos y productivos existentes generan una necesidad de actualización permanente de determinados parámetros para el transporte automotor de cargas, cuyo resultado es que las disposiciones reglamentarias no acompañan la velocidad de estos cambios, generando diversas limitaciones al desarrollo del mercado”.
“En función de ello, corresponde generar un marco jurídico más dinámico que permita a la Autoridad de Aplicación ir ajustando estos parámetros según la evolución y conformación de la oferta de transporte de carga en el tiempo, mediante normativa de menor rango”, agrega el texto normativo.
Y concluye: “Las modificaciones propiciadas encuentran un objetivo común destinado a la ampliación en la capacidad de los vehículos de transporte interjurisdiccional de carga y la optimización de las condiciones exigidas para su circulación, redundando en una mejora en la productividad nacional y en los costos del transporte, sin que ello genere afectación a la seguridad y a la vida útil de la infraestructura vial”.