Cabe recordar que el INYM aprobó la Resolución 280 que facilita el trámite de inscripción en los Registros de Yerbales y Productores. Así, quienes necesiten estar inscriptos como operadores y tengan dificultades para completar las documentación, podrán hacerlo presentando la Declaración Jurada de tenencia legítima del yerbal establecida por Resolución 19/2017.
La inscripción en el Registro de Yerbales y Productores del INYM es un requisito indispensable para poder comercializar la materia prima. Para ello, los agricultores deberán presentar el Documento Nacional de Identidad, constancia de inscripción en la AFIP, y titulo de propiedad, boleto compra venta o permiso de ocupación de la tierra donde está el yerbal.
También continúan habilitados los espacios para ese trámite en San Pedro, Oberá y Andresito, y en la sede del INYM en la ciudad de Posadas.
Para mayor información, consultar en la página web www.inym.org.ar o bien al teléfono 03764 – 425273, de 7,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes.